![]() |
![]() Newsletter of the National Association of Judiciary Interpreters and Translators |
| Vol. IX, Nos. 1-2 | Winter-Spring 2000 |
|
Un delicado juego de malabarismosDaniel SherrSpanish-English Dictionary of Law and Businessby Thomas L. West, III Atlanta: Protea Publishers, 1999 ISBN 1883707374 Le dan a traducir un artículo sobre Pinochet. En la primera linea, usted lee, "La negativa del general Augusto Pinochet... a contestar el exhorto con las 75 preguntas... fue interpretada por fuentes judiciales y parlamentarias como el rechazo de éste a colaborar con la justicia chilena. Tras recibir la respuesta de Pinochet, el juez declaró que estudia pedir el desafuero del general, por considerar que ya se le ha dado la oportunidad de efectuar sus descargos". El "Spanish-English Dictionary of Law and Business" de Thomas L. West III, que salió a la luz el año pasado, le confirmará lo que ya barruntaba -- que exhorto se traduce al inglés como letters rogatory. Traduce "desafuero" como withdrawal of privileges, lo cual le ayuda. Pero usted sigue leyendo. Pinochet sostiene que "la situación procesal a que me encuentro sometido hace del todo improcedente que, privado de libertad por una jurisdicción que no reconozco, declare ante Su Señoría por la vía de una carta rogatoria". ¿En que se diferencia una carta rogatoria de un exhorto? De nuevo, vuelve al West: "'Exhorto.' Letters rogatory [formal request from one court to another of equivalent status -- Traditionally the word was used when the letters rogatory were sent to another judge in the same country, while "carta rogatoria" was used for judges in another country. However, the two terms are used interchangeably in the Spanish version of the Inter-American Convention on Letters Rogatory.]" En su diccionario, West se propone un delicado número de malabarismos: por un lado, intenta dar equivalentes escuetos cuando es posible; por otro lado, procura dar una explicación donde hace falta. Para la traducción de documentos jurídicos de España y Sudamérica, el diccionario representa un adelanto importante. En su prefacio. West declara: "My primary goal in writing this dictionary has been to give lawyers and translators access to the meaning of legal and commercial terms that are not used in the two countries (Spain and Argentina) where most of the legal dictionaries available in the United States are produced." West, que es abogado y que ha enseñado muchos cursillos y seminarios de traducción juridica, consigue muchas veces navegar por el mar de escollos que separa el sistema del common law y el derecho continental. Por ejemplo, el que busque "sumario" encontrará lo siguiente: 1. investigation stage of a criminal proceeding [The fase de sumario' is also known as the 'fase de instrucción'. It is followed by the 'fase de plenario' (the trial, if the investigation reveals that there are grounds for prosecution). En cambio, el que busque "averiguación previa" encontrará: "(Mex) preliminary investigation, pretrial investigation", y el que busque "juicio oral" vera "(Spa) trial..." El término "sentencia" lleva la definición "judgment, ruling, decision" y luego la aclaración: Note that 'sentence' in English is condena in Spanish. A sentencia in Spanish is usually made up of four parts: (1) the encabezamiento, stating the date and identifying the court, parties, attorneys, and cause of action; (2) the resultandos or fundamentos de hecho, i.e., a statement of the facts; (3) the considerandos or fundamentos de derecho, which set forth the legal grounds on which the judgment is based; and (4) the fallo or resolutoria, i.e., the holding. El mismo tratamiento se aplica a los vocablos del mundo de las finanzas, que están recogidos en abundancia. La entrada de "capital contable" 1105 informa: "(Mex) 'shareholders' equity~ [Also called capital en giro. This is called patrimonio neto in Latin America and fondos propios in Spain.]" West hace un especial esfuerzo por incluir clertas frases hechas, algunas de las cuales son privativas de un pais u otro: "Es justicia" (Venezuela). "Fallo, haciendo lugar a lo pedido ...", "Dos ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto", "Proveer de conformidad será justicia" (Argentina), "Sufragio efectivo, no reelección" (Mexico). El autor argumenta que el traductor que deja el molesto "latinajo" sin tocar incurre en un error de negligencia, pues las frases latinas del derecho romano y del angloamericano no son las mismas. De ahí que subpoena duces tecum se traduzca como "citación para aportar pruebas" (y no, como en otro diccionario, "cédula de citación de testigos duces tecum [debe comparecer y producir los documentos requeridos en la misma])" y res judicata como "cosa juzgada". Otro ejemplo, también del lado inglés, es prima facie evidence. West propone "pruebas suficientes a primera vista". (Otro diccionario define prima facie case de la forma siguiente: "caso en el cual el juez hará lugar a la pretensión de una de la partes a menos que la otra presentare prueba en su contra -- causa fundamentada con prueba suficiente y válida a menos que se pruebe lo contrario".) No sin ironía, West incluye en la parte española la sentencia in claris no fit interpretatio ("There is no need to interpret that which is clear"). ¿No sabe cómo se llama el máximo órgano de justicia en un país determinado? Tranquilo. West se lo pone en bandeja. Bajo Corte Suprema de Justicia, leemos: "Arg, Col, Ecu, Gua, Hon, Pan, Per, Ven) Supreme Court [in most other Latin American countries, the Supreme Court is called 'Suprema Corte de Justicia.' In Spain and Cuba it is called the 'Tribunal Supremo.']" Los apéndices del diccionario obedecen a este mismo afán de especificar y desmenuzar. El primero consta de abreviaturas y siglas en español, el segundo, de abreviaturas y siglas estadounidenses y el cuarto desglosa los paises que utilizan el punto o la coma para indicar los miles (1.010 vs. 1,010). Evidentemente, en un diccionario tan ambicioso, no todo el monte es orégano. En el primer ejemplo citado en esta reseña, uno podría preguntarse cuál es la diferencia entre una carta rogatoria y una comisión rogatoria. La entrada "comisión rogatoria" sí figura, con el significado de letter rogatory. El lector se pregunta por qué West no lo menciona al comparar carta rogatoria y exhorto. En otro orden de cosas, sabemos que tanto "resolución" corno "extinción" pueden referirse a la finalización de un contrato (termination), pero echamos en falta una diferenciación de los dos. Como a muchas de las entradas las sigue un paréntesis con el lugar de origen de la expresión, uno podría pensar que si la expresión no lleva ninguna "denominación de origen", su uso se da en todas partes. No es así. Como botín de muestra, West incluye la palabra cuentapropista (self-employed person, freelancer), expresión que probablemente se entienda en todo el mundo hispanohablante, pero que no es de uso corriente en muchos paises. West define "protestar" como "1. to raise an objection; 2. to affirm". Efectivamente, he visto la expresión en su segunda acepción usada en Mexico en el sentido de "jurar", pero nunca he escuchado el verbo utilizado en ese sentido en España. Asimismo, West traduce plagiarcomo "1. plagiarize; 2. kidnap". El verbo sí se usa asi en México, pero uno se pregunta: si un argentino oyese hablar de un plagio, ¿se le cruzaria por la cabeza que podria tratarse de un secuestro? Otros colegas ya han señalado otras discrepancias. Tony Rivas disputa la entrada "jurado de instrucción (Col) grand jury", afirmando que no existe este término y añadiendo que de todos modos, "there are no grand juries in Colombia." Rivas también sugiere que West incluya términos como el mexicano "libertad preparatoria" (parole) y el puertorriqueflo "libertad a prueba" (probation). Cuestiona el uso de la preposición a después del verbo acatar, señalando -- correctamente, a mi juicio -- que no se debe decir "acatar a una decisión judicial", sino "acatar una decisión judicial". Por la misma regla de tres, es discutible el uso de la preposición en la entrada "intervenir en un banco" en vez de "intervenir un banco". Ricardo Chiesa, abogado, profesor universitario y traductor público en la Argentina, observa que el derecho continental distingue entre la obligación de medios y la obligación de resultados. En la obligación de resultados, el que realiza el servicio se compromete a obtener un resultado y si no cumple, tiene que atenerse a las consecuencias. Un contrato de traducción supone la asunción de una obligación de resultados. En la obligación de medios, el prestatario del servicio pone a disposición sus conocimientos, pero no garantiza los resultados. Un médico no puede garantizar la cura del paciente; la suya es una obligación de medios. Chiesa felicita a West por haber incluido una innovadora traducción de "obligación de medios" -- "best efforts obligation [obligation to use one's best efforts to achieve the purpose of the contract]", pero insta a West a incluir un equivalente para obligación de resultados. Lo bueno es que West está encantado de hacerlo. De hecho, en el prefacio declara "I would appreciate suggestions from readers as to words that should be included in the next edition, and can be reached via e-mail at translation@mindspring.com El diccionario de West es caro. El precio de venta al público de $75 no es grano de anís. Pero este diccionario indudablemente contiene novedades. Y la resolución de una sola duda en una sola traducción puede representar el ahorro de un tiempo incalculable. En una palabra, es una inversión fácilmente amortizable. You Must Remember This
Historias de la interpretación simultánea | |